El Titular del Poder Ejecutivo presentó cinco iniciativas de Reforma de Ley al Congreso del Estado de Jalisco

El Titular del Poder Ejecutivo Estatal, Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, a través de la Secretaría General de Gobierno, presentó ante el Poder Legislativo cinco distintas iniciativas de Reforma de Ley, en las que destaca la propuesta del nombramiento tanto del Fiscal General, Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, Auditor Superior y  Auditores Especiales, sean sometidos a la opinión técnica del Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción.

La primer iniciativa, reforma la Ley Orgánica de la Fiscalía General para dotarla de plena autonomía. La reforma contempla la elección del Fiscal General, en la que el Gobernador enviará una lista de ciudadanos a la Comisión Interinstitucional para la Implementación del Sistema Anticorrupción del Estado de Jalisco y esta a su vez, emitirá sus opiniones técnicas sobre los mismos, las cuales enviará al Gobernador, quien las valorará y someterá al Congreso una terna para elegir al Fiscal General.

Por otra parte, se reforma la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para la creación de la Secretaría de Seguridad Pública como institución de seguridad del Poder Ejecutivo del Estado, autoridad competente de garantizar en el Estado la seguridad, mantener el orden y la paz, así como el sistema de reinserción social. Lo anterior no impide a la Fiscalía General el ejercicio de su función cuente con una policía investigadora, administrativa y directamente sujeta a la Fiscalía General.

La segunda iniciativa reforma el artículo 60º de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco y tiene por objeto proponer al Pleno del Congreso del Estado, el procedimiento de convocatoria para la elección de magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, incluyendo a los que integren a su Sala Superior, considerando la opinión del Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción.

La tercera iniciativa presentada reforma los artículos 30º y 31º de la Ley de Fiscalización Superior y Auditoría Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, tiene por objeto proponer al Pleno del Congreso del Estado,  las bases para el procedimiento de elección de los auditores Superior y Especiales de la Auditoría Superior del Estado, donde también sea considerada la opinión del Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción.

De la misma manera se presentó la iniciativa de decreto mediante el cual se reforma el Artículo 50 Fracción III de la Constitución Política del Estado de Jalisco, a fin de que el actual Titular del Poder Ejecutivo y los subsecuentes, rindan el informe del estado que guarda la administración estatal el día seis de noviembre, dado que con la disposición vigente no podría hacerlo, pues tendrán que dejar el cargo el cinco de diciembre del 2018.

En la quinta iniciativa presentada se modifican diversas disposiciones de la ley que crea al Consejo Económico y Social del Estado de Jalisco para el Desarrollo y la Competitividad (CESJAL), con el fin revisar las normas jurídicas vigentes en Jalisco y adecuar el marco normativo y dotarlo de las condiciones necesarias para que logre responder de manera más certera a las exigencias de la sociedad jalisciense.

Para lo cual,  su presidente debe tener un perfil técnico, con experiencia en el campo de la economía, el desarrollo y la competitividad de cinco años de experiencia, por ello se  propone se modifiquen  los artículos 11º, 14º y 29º de la Ley que Crea al Consejo Económico y Social del Estado de Jalisco para el Desarrollo y la Competitividad.

Finalmente, el titular del ejecutivo presentó las siguientes observaciones al decreto 26427/LXI/17, que reforma y adiciona diversos artículos de las leyes de Austeridad y Ahorro, Código Penal, y Ley del Sistema de Seguridad Pública.

El decreto observado debe modificarse a fin de integrarlo adecuadamente al orden jurídico en materia de protección a las personas, ya que deja de considerar la seguridad pública como función del estado en la protección de la vida, la integridad y la protección de las personas; transformándolo en un servicio público disponible solo para quienes cuenten con los recursos económicos para pagar su contraprestación.

Esto genera inseguridad e incertidumbre jurídica a las personas de interés en el contexto del sistema de justicia penal que son víctimas, ofendidos, testigos, personal del Nuevo Sistema de Justicia Penal, del Poder Judicial, a las mujeres en el marco de las Leyes de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a los defensores de derechos humanos y periodistas, que requieran, según sea el caso, la protección a su persona.